Artículo 17 de Reglamento de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
Reglamento de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos · Última reforma de referencia: 22-05-2017 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 17.- La resolución de la Secretaría en los casos a que se refiere la presente Sección incluirá, al menos, los aspectos referidos en las fracciones I y IV a VII del artículo 6 de este Reglamento, y será aplicable lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del presente ordenamiento.
Sección Cuarta Disposiciones Diversas
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.