Artículo 48 de Reglamento de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad
Reglamento de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad · Última reforma de referencia: 09-02-2015 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 48.- Lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley será aplicable a la transformación y cambio de régimen jurídico de empresas productivas subsidiarias y empresas filiales en las que la Comisión Federal de Electricidad participe directamente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.