Reglamento federal

Artículo 51 de Reglamento de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad

Reglamento de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad · Última reforma de referencia: 09-02-2015 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 51.- La propuesta global de financiamiento a que se refiere el artículo 109, fracción I de la Ley, deberá ser entregada dentro del plazo previsto en el artículo 103, fracción II de la Ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 51 de Reglamento de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad?

La propuesta global de financiamiento a que se refiere el artículo 109, fracción I de la Ley, deberá ser entregada dentro del plazo previsto en el artículo 103, fracción II de la Ley.

¿Está vigente el artículo 51?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 09-02-2015. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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