Artículo 117 de Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional
Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional · Última reforma de referencia: 11-12-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 117. La mención honorífica es el gafete o insignia que se otorga al integrante por acciones sobresalientes o de relevancia, no consideradas para el otorgamiento de condecoraciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.