Artículo 161 de Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional
Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional · Última reforma de referencia: 11-12-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 161. El arresto consiste en el confinamiento en espacios especiales y tendrá una duración máxima de treinta y seis horas. En el caso de los Comisarios, será de hasta veinticuatro horas.
Se entiende por espacios especiales las instalaciones que comprenden el lugar donde los Integrantes de Carrera prestan su servicio o el más cercano a aquél donde ejerzan sus funciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.