Artículo 21 de Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional
Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional · Última reforma de referencia: 11-12-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 21. El Titular de la Jefatura General de Coordinación Policial, será un Comisario General y durante su encargo tendrá superioridad de cargo respecto de los de igual jerarquía en la Institución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.