Artículo 22 de Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional
Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional · Última reforma de referencia: 11-12-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 22. La Jefatura General de Coordinación Policial se integra por personal de carrera policial, especialistas, ayudantía, analistas, auxiliares y cualquier otro que sea necesario para su correcto funcionamiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.