Artículo 72 de Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional
Reglamento de la Ley de la Guardia Nacional · Última reforma de referencia: 11-12-2020 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 72. Las etapas del proceso de selección deberán ser aprobadas en forma secuencial por los candidatos, a fin de poder continuar con el mismo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.