Artículo 126 de Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica
Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 126.- El Consejo Consultivo llevará a cabo funciones de apoyo respecto:
I. La definición de políticas, criterios y metodologías para el diagnóstico de la oferta de productos, bienes y servicios de la industria eléctrica;
II. En la promoción de la industria eléctrica nacional;
III. La formación de cadenas productivas regionales y nacionales, de la industria eléctrica, y IV. El desarrollo del talento de los recursos humanos, la innovación y la tecnología en la industria eléctrica.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.