Artículo 29 de Reglamento de la Ley de Migración
Reglamento de la Ley de Migración · Última reforma de referencia: 23-05-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 29. El Instituto podrá sujetar a sus servidores públicos a un sistema de rotación y cambio de adscripción que será definido de conformidad con las necesidades del servicio, mediante disposiciones administrativas de carácter general que serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
CAPÍTULO TERCERO DE LA PROFESIONALIZACIÓN DEL PERSONAL DEL INSTITUTO (Se deroga el anterior Capítulo Tercero)
Capítulo derogado DOF 23-05-2014
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.