Artículo 9 de Reglamento de la Ley de Migración
Reglamento de la Ley de Migración · Última reforma de referencia: 23-05-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 9. En el caso de las propuestas que la Secretaría reciba por escrito, ésta deberá dar una respuesta al solicitante en términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS PROGRAMAS EN MATERIA DE MIGRACIÓN Y FRONTERAS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.