Artículo 251 de Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 251.- El Comandante General coordinará y supervisará por sí o a través del Subcomandante General, las actividades de REMAFE que desarrollen los Comandantes locales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.