Artículo 112 de Reglamento de la Ley de Pesca
Reglamento de la Ley de Pesca · Última reforma de referencia: 28-01-2004 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 112.- La Secretaría podrá concursar el otorgamiento de concesiones para la acuacultura comercial, cuando una misma área sea solicitada por más de una persona para realizar esta actividad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.