Artículo 6 de Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos
Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos · Última reforma de referencia: 09-02-2015 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 6.- La responsabilidad en que incurran los miembros del Consejo de Administración en términos de la Ley, será exigible con independencia del inicio o conclusión del procedimiento de remoción que sea aplicable.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.