Reglamento federal

Artículo 42 de Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación

Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 42. La entrega a la Tesorería de los valores o documentos representativos de inversiones financieras del Gobierno Federal en personas morales a que se refiere el artículo 32 de la Ley, se formalizará mediante acta suscrita por los servidores públicos competentes de las Dependencias coordinadoras de sector y de la Tesorería.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 42 de Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación?

La entrega a la Tesorería de los valores o documentos representativos de inversiones financieras del Gobierno Federal en personas morales a que se refiere el artículo 32 de la Ley, se formalizará mediante acta suscrita…

¿Está vigente el artículo 42?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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