Artículo 7 de Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación
Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7. Los sujetos obligados a observar la Ley deberán responder a la Tesorería, en todo tiempo, por la totalidad de los recursos que hayan recibido con motivo de la realización de sus Funciones de tesorería. Si el sujeto obligado es servidor público deberá sujetarse, además de lo dispuesto en el Título Tercero de este Reglamento, a lo previsto en las disposiciones jurídicas aplicables en materia de responsabilidades administrativas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.