Artículo 97 de Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación
Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 97. Para efectos del artículo 53, fracción IX de la Ley se estará a lo siguiente:
I. Tratándose de servidores públicos:
a) La Tesorería notificará la suspensión de la realización de Funciones de tesorería al servidor público de que se trate, la cual surtirá sus efectos a partir del momento en que se notifique al interesado;
b) La Tesorería comunicará la suspensión al jefe inmediato del servidor público suspendido para que, en su caso, determine la designación de un sustituto, y c) El servidor público suspendido deberá entregar formalmente a su sustituto o a la persona designada para tal efecto por el jefe inmediato los Recursos y Valores a su cargo, así como los expedientes, información y documentación relativa a los mismos. Lo anterior se hará constar en un acta, y II. Tratándose de Auxiliares:
a) La Tesorería notificará la suspensión provisional al Auxiliar de que se trate para que, en su caso, determine la designación de un sustituto. La suspensión surtirá sus efectos a partir del momento en que se le notifique al Auxiliar dicha suspensión, y b) El personal del Auxiliar que sea suspendido deberá entregar formalmente a la persona designada para tal efecto los Recursos y Valores a su cargo, así como los expedientes, información y documentación relativa a los mismos. Lo anterior se hará constar en un acta.
La suspensión provisional a que se refiere este artículo no prejuzga sobre las responsabilidades en que pudieran haber incurrido los servidores públicos o personal del Auxiliar suspendidos ni afecta ningún derecho laboral.
La suspensión a que se refiere este artículo cesará cuando la Tesorería así lo resuelva o a más tardar en la fecha en que, en su caso, se determine y finque el monto a resarcir por el o los responsables.
La suspensión provisional a que se refiere este artículo no podrá exceder de tres años.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.