Artículo 25 de Reglamento de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
Reglamento de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 25.- En la primera sesión ordinaria del año se presentará la propuesta de calendario para las sesiones ordinarias del Consejo Directivo y, en su caso, las adecuaciones al programa financiero anual, con estricto apego al Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.