Reglamento federal

Artículo 3 de Reglamento de la Ley del Seguro Social, en Materia de Administración y Enajenación de Bienes Adjudicados con Motivo de la Aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución

Reglamento de la Ley del Seguro Social, en Materia de Administración y Enajenación de Bienes Adjudicados con Motivo de la Aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 3.- El Instituto, a través de sus Delegaciones y Subdelegaciones, ejercerá las atribuciones que le confieren la Ley, el Código, el Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, respecto a la administración y enajenación de los bienes referidos en la fracción III, del artículo 2, de este Reglamento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 3 de Reglamento de la Ley del Seguro Social, en Materia de Administración y Enajenación de Bienes Adjudicados con Motivo de la Aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución?

El Instituto, a través de sus Delegaciones y Subdelegaciones, ejercerá las atribuciones que le confieren la Ley, el Código, el Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, el presente Reglamento y demás…

¿Está vigente el artículo 3?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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