Artículo 7 de Reglamento de la Ley del Seguro Social, en Materia de Administración y Enajenación de Bienes Adjudicados con Motivo de la Aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución
Reglamento de la Ley del Seguro Social, en Materia de Administración y Enajenación de Bienes Adjudicados con Motivo de la Aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.- La Subdelegación solicitará a la Jefatura de Servicios Administrativos que corresponda a través del responsable de almacén la recepción de los bienes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.