Artículo 8 de Reglamento de la Ley del Seguro Social, en Materia de Administración y Enajenación de Bienes Adjudicados con Motivo de la Aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución
Reglamento de la Ley del Seguro Social, en Materia de Administración y Enajenación de Bienes Adjudicados con Motivo de la Aplicación del Procedimiento Administrativo de Ejecución · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 8.- La solicitud a que se refiere el artículo anterior deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
I. Descripción física de los bienes y su estado de conservación. En su caso, señalar los sellos, marcas, cuños, fierros, señales u otros medios que permitan identificarlos individualmente;
II. Clave Única;
III. Avalúo cuya fecha de expedición no sea mayor a un año;
IV. Valor de adjudicación de los bienes;
V. Importe del crédito fiscal y sus accesorios;
VI. Señalar si los bienes se encuentran o se encontraban al servicio de la Subdelegación o de alguna unidad administrativa del Instituto;
VII. Lugar en que se ubican los bienes;
VIII. Lugar, fecha y hora en que los bienes serán entregados por la Subdelegación, y IX. La documentación que acredite que los bienes se encuentran libres de gravamen y que jurídicamente se puede disponer de ellos para llevar a cabo su enajenación.
En el caso de los bienes inmuebles, el avalúo a que se refiere la fracción II, del presente artículo, deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
a) Denominación del inmueble o, en su caso, clave catastral del mismo;
b) Ubicación del inmueble, precisando carretera, kilómetro o calle y número de manzana y lote, colonia o localidad, delegación o municipio, entidad federativa y código postal;
c) Plano de levantamiento topográfico, con croquis de localización y/o plano de conjunto o arquitectónico, señalando la superficie, medidas, colindancias, área o áreas construidas, instalaciones e instalaciones especiales, en su caso, y áreas sin uso;
d) Descripción y estado físico del inmueble, indicando los servicios con que cuenta y las instalaciones de que dispone. Este informe deberá soportarse con un reporte fotográfico;
e) Uso al que estaba destinado, y f) Descripción del entorno del inmueble, detallando principales servicios y características de vialidades y comunicaciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.