Artículo 72 de Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización · Última reforma de referencia: 15-07-2005 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 72. Para tener derecho al acreditamiento de semanas cotizadas los trabajadores de la construcción deberán acreditar su relación laboral con el patrón que haya pagado sus cuotas en forma estimativa, durante el periodo en que se dio la relación laboral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.