Artículo 121 de Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano · Última reforma de referencia: 17-10-2019 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 121.- La ayuda para el pago del alquiler de la vivienda, a que se refiere la fracción VI del artículo 47 de la Ley, se sujetará a los términos y condiciones que determine la Secretaría, observando los principios presupuestarios de eficiencia, eficacia y economía en el gasto público federal y sujeto a la disponibilidad presupuestaria, previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.