Artículo 136 de Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano
Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano · Última reforma de referencia: 17-10-2019 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 136.- La Secretaría auxiliará a los Miembros del Servicio Exterior en los trámites correspondientes a su retiro o jubilación, ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Artículo reformado DOF 02-11-2018
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.