Reglamento federal

Artículo 11 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar

Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 11.- En principio, la incorporación de los conscriptos debe hacerse a las unidades establecidas en las regiones de donde son residentes; sólo podrán incorporarse a otras unidades, cuando así lo requiera el servicio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 11 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar?

ARTICULO 11.- En principio, la incorporación de los conscriptos debe hacerse a las unidades establecidas en las regiones de donde son residentes; sólo podrán incorporarse a otras unidades, cuando así lo requiera el…

¿Está vigente el artículo 11?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 06-06-1947. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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