Artículo 121 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 121.- Los exámenes teórico-prácticos que se mencionan en los artículos anteriores se practicarán en la forma y fechas que determine la Secretaría de la Defensa Nacional y se sujetarán a las mismas formalidades que se exigen en las Escuelas Militares de Formación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.