Reglamento federal

Artículo 13 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar

Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 13.- Para cubrir las bajas que ocurran en las diversas unidades, se llamará al servicio al personal que por virtud del sorteo, constituye el 20% a que se alude en el artículo anterior. Los sustitutos deberán ser del mismo Municipio al que pertenezca el sustituido y los llamados en cada caso serán los de número más bajo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 13 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar?

Para cubrir las bajas que ocurran en las diversas unidades, se llamará al servicio al personal que por virtud del sorteo, constituye el 20% a que se alude en el artículo anterior. Los sustitutos deberán ser del mismo…

¿Está vigente el artículo 13?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 06-06-1947. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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