Artículo 170 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 170.- La Oficina Central de Reclutamiento dependerá orgánicamente de la Dirección de Personal de la Secretaría de la Defensa Nacional.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.