Artículo 194 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 194.- Los tres vecinos caracterizados que nombre el Jefe del Sector para que formen parte de la junta Municipal de Reclutamiento, tendrán los requisitos siguientes:
I.- Ser mexicano mayor de 21 y menor de 40 años;
II.- Saber leer y escribir;
III.- Pertenecer a la Reserva y haber cumplido con sus obligaciones militares;
IV.- Ser de reconocida honorabilidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.