Artículo 219 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 219.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos anteriores por parte de las autoridades, funcionarios y empleados se sancionará administrativamente con una multa de diez a cien pesos y en su caso arresto hasta por quince días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.