Artículo 239 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 239.- Las notificaciones que se hagan por boletín, surtirán sus efectos al día siguiente de aquel en que sea fijado. Deberán permanecer expuestos cinco días hábiles cuando menos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.