Artículo 65 de Reglamento de la Ley del Servicio Militar
Reglamento de la Ley del Servicio Militar · Última reforma de referencia: 06-06-1947 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 65.- El estado civil de las personas se comprobará en los términos de la legislación civil correspondiente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.