Artículo 35 de Reglamento de la Ley Federal de Archivos
Reglamento de la Ley Federal de Archivos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 35. Cuando el Archivo General de la Nación en el ejercicio de sus funciones conozca que un servidor público cometió presuntamente alguna de las conductas señaladas en el artículo 54 de la Ley, dará vista al órgano interno de control que corresponda para su inmediata intervención.
Título Quinto De los órganos y mecanismos de coordinación Capítulo I Del Consejo Nacional de Archivos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.