Artículo 40 de Reglamento de la Ley Federal de Archivos
Reglamento de la Ley Federal de Archivos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 40. El funcionamiento del Sistema Nacional de Archivos se sustentará en el principio de autonomía de sus integrantes.
La representación del Ejecutivo Federal en el Sistema Nacional de Archivos será a través del Comité.
Capítulo III Del Comité Técnico Consultivo de Archivos del Ejecutivo Federal
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.