Artículo 54 de Reglamento de la Ley Federal de Cinematografía
Reglamento de la Ley Federal de Cinematografía · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 54. El destino de los recursos del FIDECINE, deberá ser previsto en las estipulaciones del Contrato de Fideicomiso para el FIDECINE y en las Reglas de Operación que del mismo deriven, conforme a lo previsto en el artículo 35 de la Ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.