Reglamento federal

Artículo 71 de Reglamento de la Ley Federal de Cinematografía

Reglamento de la Ley Federal de Cinematografía · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 71. Para verificar el debido cumplimiento de la Ley y de este Reglamento, la Dirección General practicará las visitas de verificación que considere necesarias, cumpliendo con las formalidades establecidas en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

CAPÍTULO X DEL RECURSO ADMINISTRATIVO

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 71 de Reglamento de la Ley Federal de Cinematografía?

Para verificar el debido cumplimiento de la Ley y de este Reglamento, la Dirección General practicará las visitas de verificación que considere necesarias, cumpliendo con las formalidades establecidas en la Ley Federal…

¿Está vigente el artículo 71?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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