Reglamento federal

Artículo 63 de Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública

Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública · Última reforma de referencia: 26-11-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 63.- Las separaciones temporales de los corredores por plazos mayores de 20 días y menores de 90, requerirán de previo aviso a la Secretaría, señalando las causas de la separación y la conformidad del corredor suplente de auxiliarlo en el desempeño de sus funciones.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 63 de Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública?

Las separaciones temporales de los corredores por plazos mayores de 20 días y menores de 90, requerirán de previo aviso a la Secretaría, señalando las causas de la separación y la conformidad del corredor suplente de…

¿Está vigente el artículo 63?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 26-11-2012. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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