Reglamento federal

Artículo 67 de Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública

Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública · Última reforma de referencia: 26-11-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 67.- Las visitas de inspección se practicarán previa orden escrita, la cual deberá señalar:

I.- Nombre del corredor, su número y plaza de adscripción;

II.- Lugar y día en que deba tener lugar;

III.- Objeto de la visita;

IV.- Nombre del visitador o visitadores; y V.- Nombre y firma del funcionario que la expida.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 67 de Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública?

Las visitas de inspección se practicarán previa orden escrita, la cual deberá señalar: I.- Nombre del corredor, su número y plaza de adscripción; II.- Lugar y día en que deba tener lugar; III.- Objeto de la visita; IV.-…

¿Está vigente el artículo 67?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 26-11-2012. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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