Artículo 13 de Reglamento de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil
Reglamento de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 13. Las asesorías se entenderán como aquellas indicaciones o sugerencias que reciban las Organizaciones por parte de las Dependencias y Entidades para el mejor cumplimiento de su objeto social.
La capacitación y colaboración a las Organizaciones son los procesos de instrucción, preparación y entrenamiento que, en su caso, les proporcionen las Dependencias o Entidades, por sí o a través de terceros, con la finalidad de que mejoren el cumplimiento de su objeto social, mediante la profesionalización de sus integrantes, así como la consolidación de sus conocimientos y habilidades técnico- organizacionales.
Las asesorías, capacitaciones y colaboraciones que reciban las Organizaciones se podrán desarrollar a través de acciones de formación mediante la modalidad de presencia o a distancia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.