Artículo 106 de Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos · Última reforma de referencia: 16-11-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 106.- Con excepción de los sorteos instantáneos, al evento en el que haya de determinarse al ganador o ganadores del sorteo deberá tener acceso libre y gratuito el público en general. Dicha información deberá estar especificada en los boletos de participación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.