Artículo 133 de Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos · Última reforma de referencia: 16-11-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 133.- Si durante la realización de un sorteo se producen fallas en las instalaciones o incidentes que impidan la continuación del mismo, será suspendido provisionalmente. Si al cabo de 25 minutos no hubiese podido ser resuelta la falla, se procederá a devolver a los participantes el importe íntegro del precio de los cartones, tarjetas o comprobantes de forma simultánea a que éstos sean devueltos a la mesa.
El retiro voluntario del participante en el curso del sorteo no dará lugar a la devolución del precio de los cartones, tarjetas o comprobantes que hubiere adquirido, aunque éstos podrán ser transferidos a otros participantes si aquél lo desea.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.