Artículo 139 de Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos · Última reforma de referencia: 16-11-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 139.- Para el control y vigilancia en los juegos con apuestas y los sorteos, la Secretaría designará el número de inspectores que considere necesarios, mediante oficio que contendrá, entre otros elementos, el nombramiento y la comisión que se deba desempeñar.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.