Reglamento federal

Artículo 144 de Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos · Última reforma de referencia: 16-11-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 144.- A los inspectores les está prohibido:

Hacer ostentación de su cargo para conseguir tratamientos especiales en relación con sus funciones;

Favorecer deliberadamente a algún participante en detrimento de otro;

Exigir o sugerir al permisionario o a sus representantes cualquier clase de compensación, beneficio o remuneración por los servicios prestados;

Permanecer en el lugar del evento más tiempo que el necesario para cumplir con la comisión conferida;

Acudir a los eventos bajo el influjo del alcohol o de alguna sustancia enervante;

Representar a cualquier concursante o actuar como depositario del bien obtenido por un ganador;

Suministrar información a personas distintas a las que comprenda el permiso, salvo el caso de aclaraciones a los concurrentes;

Adoptar actitudes que denoten prepotencia, desprecio o intolerancia para con el permisionario, los participantes o los ganadores;

Ejercer violencia física o moral para conseguir algún bien o servicio con motivo de su intervención;

Realizar actos que vayan en contra de la moral, las buenas costumbres o que afecten la imagen de la autoridad federal;

Sugerir o permitir a los permisionarios la realización de eventos, la fijación de fechas o el señalamiento de horarios distintos a los autorizados en el permiso respectivo;

Asistir a los domicilios de los ganadores para llevar a cabo cualesquiera entrega de premios;

Hacer constar en las actas hechos que no ocurrieron, o dejar de hacer constar en las mismas los que efectivamente sucedieron, y Las demás que les impongan las disposiciones aplicables y la Secretaría para el debido cumplimiento de sus funciones.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 144 de Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos?

A los inspectores les está prohibido: Hacer ostentación de su cargo para conseguir tratamientos especiales en relación con sus funciones; Favorecer deliberadamente a algún participante en detrimento de otro; Exigir o…

¿Está vigente el artículo 144?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 16-11-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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