Artículo 5 de Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos · Última reforma de referencia: 16-11-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 5.- Se prohíbe el acceso o permanencia a las áreas de juegos con apuestas de los establecimientos, a las personas que:
I. Sean menores de edad, excepto cuando en compañía de un adulto ingresen a espectáculos en vivo. En ningún caso los menores de edad podrán participar en el cruce de apuestas;
II. Se encuentren en posesión o bajo la influencia de sustancias psicotrópicas o prohibidas, o en estado de ebriedad;
III. Porten armas de cualquier tipo;
IV. Sean miembros de instituciones policiales o militares uniformados en servicio, salvo cuando sea necesario para el cumplimiento de sus funciones públicas;
V. Con su conducta alteren la tranquilidad o el orden en el establecimiento;
VI. Sean o hayan sido sorprendidas haciendo trampa, y VII. No cumplan con el reglamento interno del establecimiento, previamente aprobado por la Secretaría.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.