Artículo 64 de Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos · Última reforma de referencia: 16-11-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 64.- Para que en una feria se lleve a cabo el cruce de apuestas a que se refiere el artículo anterior, deberá contarse con las instalaciones adecuadas para el correcto funcionamiento y conducción de los juegos correspondientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.