Artículo 7 de Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos · Última reforma de referencia: 16-11-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 7. Sólo podrán realizarse, operarse u organizarse juegos con apuestas y sorteos previstos en el artículo 2 de la Ley, previo permiso por escrito expedido por la Secretaría y conforme este reglamento.
Artículo reformado DOF 16-11-2023
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.