Artículo 8 de Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos · Última reforma de referencia: 16-11-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 8. Las participaciones a que se refiere el artículo 5 de la Ley, serán determinadas por la Secretaría, a partir de los lineamientos que ésta emita y conforme al tipo de permiso de que se trate.
Artículo reformado DOF 16-11-2023
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.