Artículo 121 de Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria · Última reforma de referencia: 27-09-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 121. Constituye el pasivo circulante de las entidades, las obligaciones de pago contraídas por concepto de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas contratadas y que al 31 de diciembre de cada ejercicio se encuentren debidamente contabilizadas, devengadas y pendientes de pago.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.