Reglamento federal

Artículo 174 de Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria · Última reforma de referencia: 27-09-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 174. Las variaciones a los subsidios no deberán implicar su traspaso a otros programas presupuestarios de las dependencias, entidades apoyadas y órganos administrativos desconcentrados, con excepción de los casos autorizados por la Secretaría.

Artículo reformado DOF 04-09-2009

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 174 de Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria?

Las variaciones a los subsidios no deberán implicar su traspaso a otros programas presupuestarios de las dependencias, entidades apoyadas y órganos administrativos desconcentrados, con excepción de los casos autorizados…

¿Está vigente el artículo 174?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 27-09-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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