Artículo 207 de Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria · Última reforma de referencia: 27-09-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 207. Los registros contables y presupuestarios de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo autorizados se realizarán en los términos que determine la Secretaría.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.